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AUTO DE ADMISORIO DE DEMANDA

El C. Secretario de Acuerdos del Tribunal Unitario Agrario, da cuenta al C. Magistrado con una demanda y documento anexos a la misma, presentada en este Tribunal por el C. _________________________, que promueve por su propio derecho. En el escrito que se provee el demandado el C. ________________________, a quien se reclama la restitución de una parcela ejidal con superficie de _____________ hectáreas, ubicada en el ejido _________________, Municipio de su mismo nombre, en la ciudad de __________________.

Vista la cuenta que antecede, con fundamento en lo establecido por en los artículos ________________ de la Ley Agraria, _______________ de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios y _________________ del Código de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria conforme a lo ordenado en los artículos _______________ de la Ley Agraria, se acuerda:

PRIMERO. Se admite la demanda presentada en la vía y forma propuesta.

SEGUNDO. Regístrese en el Libro de Gobierno, bajo el número progresivo que le corresponde e intégrate expediente.

TERCERO. Se señalan las _______________ horas del día _______________________, para que tenga verificativo, con la asistencia de las partes y en el local de este Tribunal, la audiencia prevista en el artículo ______________ de la Ley Agraria en al que se harán valer todas las acciones y excepciones o defensas y se proveerá con respecto de la contestación de la demanda, ofrecimiento, admisión y desahogo de pruebas, así como a los alegatos y sentencia.

CUARTO. Se hace saber a las partes que, de conformidad con lo establecido por el artículo ________________ de la Ley Agraria, ellas mismas tienen la carga de la prueba de los hechos constitutivos de sus pretensiones; en consecuencia, se les previene para que el día señalado para la celebración de la audiencia ofrezcan todas las pruebas que estimen conducentes; exhiban los documentos y papeles de importancia que tengan en su poder, en original o copia autorizada, y presenten a los testigos y peritos que pretendan sean oídas, apercibidos que de no ofrecer pruebas en el audiencia será declarado perdido su derecho, conforme a lo dispuesto en el artículo ___________ del Código Federal de Procedimientos Civiles.

QUINTO. Con las copias simples anexas al escrito de demanda notifíquese y córrase traslado al demandado en su domicilio, emplazando para que a más tardar el día de la audiencia conteste la demanda, ofrezca pruebas y señale domicilio para oír y recibir notificaciones personales en esta ciudad, con el apercibimiento que de no dar contestación a la demanda se tendrá por ciertas las afirmaciones de la otra parte y de no señalar domicilio las demás notificaciones, aún las de carácter personal, le serán hechas mediante rotulón que se colocará en los estrados del tribunal.

SEXTO. Se tienen por ofrecidas todas y cada una de las pruebas que el actor relaciona en el escrito con el que se da cuenta; se requiere al promovente para que el día de la audiencia presente a sus testigos; especifique los puntos sobre los que debe versar la inspección ocular y exhiba, en sobre cerrado, el pliego de posiciones que deberá absolver el demandado.

SÉPTIMO. Se tienen como domicilio del actor para oír y recibir notificaciones personales, en esta ciudad, el que señala en su escrito inicial de demanda.

OCTAVO. Notifíquese y cúmplase.

Así lo proveyó y firmó el C. Magistrado del Tribunal Unitario Agrario, quien actúa con el C. Secretario de Acuerdos quien autoriza y da fe.

____________, ____________ a ____________ de ____________

_____________________________

FIRMA

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