APLAZAMIENTO DE AUDIENCIA CONSTITUCIONAL
México, Distrito Federal, a trece de mayo de mil novecientos noventa y siete.
Vista la cuenta que da el Secretario con el escrito presentado en la Oficialía de Partes de este Juzgado por el autorizado por el quejoso en términos del artículo 27 de la Ley de Amparo, del que se aprecia que la parte quejosa ofreció la prueba documental pública consistente en _____________ y que a la fecha no se le ha entregado la copia certificada que de ese documento solicitó a la autoridad bajo cuya custodia se encuentra el mismo, a pesar de haber sido solicitado por escrito y con la suficiente oportunidad para su expedición, como lo demuestra con el escrito que exhibe anexo al ocurso con que se da vista, con fundamento en el artículo 152 de la Ley de Amparo, se aplaza esta audiencia constitucional y se fijan las doce horas con treinta minutos del día veintiocho de mayo de mil novecientos noventa y siete para su celebración. Requiérase a la autoridad _____________, que tiene bajo sus archivos el documento del cual se ha solicitado copia certificada, que expida la misma y la remita a este Juzgado dentro del término del aplazamiento de la audiencia constitucional.
Notifíquese.
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