JUICIO DE AMPARO NUMERO: 137/2008-G.
CIUDADANO JUEZ SEGUNDO
DE DISTRITO EN EL ESTADO.
IDALIA PEREZ CAMPOS Y/O RUTH IDALIA PEREZ CAMPOS, en mi carácter de QUEJOSA, dentro de los autos del Juicio de Amparo citado al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y manifiesto:
Mediante el presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 150 y 151 de la Ley de Amparo, ofrezco para su desahogo la PRUEBA TESTIMONIAL, misma que estará a cargo de personas dignas de fe que saben y les consta los hechos relacionados en mi escrito inicial de demanda de Garantías; al tenor del Interrogatorio que exhibo, para los fines legales conducentes.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, a Usted Ciudadano Juez de Distrito, atentamente solicito:
U N I C O.- Se tenga por anunciada en tiempo y forma, la probanza de mérito, proveyendo lo correspondiente para su desahogo, en la Audiencia Constitucional.
“PROTESTO MI RESPETO”
Tlaxcala de Xicohténcatl, a veinticinco de febrero de dos mil ocho.
IDALIA PEREZ CAMPOS.
Y/O
RUTH IDALIA PEREZ CAMPOS.
INTERROGATORIO AL TENOR DEL CUAL DECLARARAN LOS TESTIGOS QUE PRESENTARE ANTE ESTA AUTORIDAD JUDICIAL FEDERAL, EL DIA Y HORA QUE TENGA A BIEN SEÑALAR, DENTRO DEL DESAHOGO DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, JUICIO DE AMPARO NUMERO 137/2008-G, RADICADO EN ESTE HONORABLE JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO.
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD Y PREVIO SUS GENERALES EL TESTIGO DIRA:
1.- SI CONOCE A QUIEN LO PRESENTA, SEÑORA IDALIA PEREZ CAMPOS y/o RUTH IDALIA PEREZ CAMPOS.
2.- PORQUE MOTIVOS CONOCE A LA PERSONA ANTES MENCIONADA.
3.- QUE TIEMPO TIENE DE CONOCER A LA SEÑORA IDALIA PEREZ CAMPOS y/o RUTH IDALIA PEREZ CAMPOS.
4.- SI TIENE CONOCIMIENTO DE LOS DOMICILIOS QUE HASTA LA FECHA HA HABITADO LA SEÑORA ANTES MENCIONADA.
5.- SI SABE Y LE CONSTA QUE A PRINCIPIOS DEL AÑO DOS MIL CUATRO Y HASTA MEDIADOS DEL AÑO DOS MIL CINCO, LA SEÑORA IDALIA PEREZ CAMPOS y/o RUTH IDALIA PEREZ CAMPOS, HABITO EL DOMICILIO UBICADO EN BOULEVARD EMILIO SANCHEZ PIEDRAS, NUMERO MIL QUINIENTOS QUINCE, DE LA CIUDAD DE APIZACO, TLAXCALA; EN FORMA ININTERRUMPIDA.
6.- SI TIENE CONOCIMIENTO CON QUE PERSONA O PERSONAS, LA SEÑORA IDALIA PEREZ CAMPOS y/o RUTH IDALIA PEREZ CAMPOS, VIVIO DURANTE EL LAPSO DE TIEMPO SEÑALADO CON ANTERIORIDAD, EN EL DOMICILIO QUE SE HA PRECISADO.
7.- SI TIENE CONOCIMIENTO PORQUE MOTIVOS LA SEÑORA ANTES MENCIONADA, ESTUVO VIVIENDO EN EL DOMICILIO UBICADO EN BOULEVARD EMILIO SANCHEZ PIEDRAS, NUMERO MIL QUINIENTOS QUINCE, DE LA CIUDAD DE APIZACO, TLAXCALA.
8.- SI TIENE CONOCIMIENTO DEL DOMICILIO QUE ACTUALMENTE HABITA LA SEÑORA IDALIA PEREZ CAMPOS y/o RUTH IDALIA PEREZ CAMPOS.
9.- SI SABE Y LE CONSTA A PARTIR DE QUE FECHA, LA SEÑORA IDALIA PEREZ CAMPOS y/o RUTH IDALIA PEREZ CAMPOS, SE ENCUENTRA HABITANDO EL DOMICILIO QUE HA SEÑALADO CON ANTERIORIDAD.
“DARAN LA RAZON DE SU DICHO”
Tlaxcala de Xicohténcatl, a veinticinco de febrero de dos mil ocho.
IDALIA PEREZ CAMPOS.
Y/O
RUTH IDALIA PEREZ CAMPOS.
En cumplimiento a lo ordenado por acuerdo de fecha once de febrero del año en curso, exhibo billete de depósito número _________, expedido por la Institución Bancaria ______________, mismo que ampara la cantidad de $1,500.00 /UN MIL QUINIENTOS PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), para garantizar la Suspensión Provisional, concedida dentro del Incidente de Suspensión en que se promueve; solicitando de la manera más atenta a esta Autoridad Federal, me expida copia certificada del auto que recaiga al presente escrito; lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, 123 fracción II y 125 del la Ley de amparo.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, respetuosamente solicito:
U N I C O.- Proveer de conformidad.
“PROTESTO MI RESPETO”
Tlaxcala de Xicohténcatl, a quince de febrero de dos mil ocho.
IDALIA PEREZ CAMPOS.
y/o
RUTH IDALIA PEREZ CAMPOS.
JUICIO DE AMPARO NUMERO: 137/2008-G.
INCIDENTE DE SUSPENSIÓN.
CIUDADANO JUEZ SEGUNDO
DE DISTRITO EN EL ESTADO.
IDALIA PEREZ CAMPOS Y/O RUTH IDALIA PEREZ CAMPOS, en mi carácter de QUEJOSA, dentro de los autos del Juicio de Amparo citado al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y manifiesto:
En cumplimiento a lo ordenado por acuerdo de fecha once de febrero del año en curso, exhibo billete de depósito número _________, expedido por la Institución Bancaria ______________, mismo que ampara la cantidad de $1,500.00 /UN MIL QUINIENTOS PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), para garantizar la Suspensión Provisional, concedida dentro del Incidente de Suspensión en que se promueve; solicitando de la manera más atenta a esta Autoridad Federal, me expida copia certificada del auto que recaiga al presente escrito; lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, 123 fracción II y 125 del la Ley de amparo.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, respetuosamente solicito:
U N I C O.- Proveer de conformidad.
“PROTESTO MI RESPETO”
Tlaxcala de Xicohténcatl, a quince de febrero de dos mil ocho.
IDALIA PEREZ CAMPOS.
y/o
RUTH IDALIA PEREZ CAMPOS.
JUICIO DE AMPARO NUMERO: 137/2008-G.
CIUDADANO JUEZ SEGUNDO
DE DISTRITO EN EL ESTADO.
IDALIA PEREZ CAMPOS Y/O RUTH IDALIA PEREZ CAMPOS, en mi carácter de QUEJOSA, dentro de los autos del Juicio de Amparo citado al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y manifiesto:
En observancia y cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha cinco de febrero del año en curso, exhibo tres copias simples de La Demanda de Garantías propuesta por la suscrita, solicitando de la manera más atenta a esta Autoridad Judicial Federal, una vez que se ha dado cumplimiento a dicho requerimiento, ordene la prosecución del Juicio Constitucional, en términos de ley; lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 120 y 146 de la Ley de Amparo.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, a Usted Ciudadano Juez de Distrito, atentamente solicito:
U N I C O.- Proveer de conformidad.
“PROTESTO MI RESPETO”
Tlaxcala de Xicohténcatl, a ocho de febrero de dos mil ocho.
IDALIA PEREZ CAMPOS.
Y/O
RUTH IDALIA PEREZ CAMPOS.
CIUDADANO JUEZ DE DISTRITO EN TURNO
EN EL ESTADO DE TLAXCALA
CRESCENCIO HERNANDEZ AVENDAÑO Y/O CRECENCIO HERNÁNDEZ AVENDAÑO y/o SERGIO HERNÁNDEZ AVENDAÑO, promuevo por mi propio derecho, señalo como domicilio para recibir notificaciones el inmueble marcado con el número veinte de la calle Lardizábal de ésta ciudad capital (Oficinas de la Dirección Jurídica de Gobierno del Estado), y autorizo para recibirlas en mi nombre en términos del artículo 27 de la Ley de Amparo, a los Licenciados en Derecho ORLANDO SANTACRUZ CARREÑO; JUDITH FLORES SANTANDER, ROCIO JIMENEZ TEMOLTZIN, ARSELIA CHAMA MORALES, BRANDA SERRANO MORALES, MARIA NOEMI HERNANDEZ RODRIGUEZ, ROGELIO CANTERO ACATITLA, SECUNDINO PEREZ MONTIEL y FELIPE GUARNEROS GALAVIZ y al estudiante de la misma ciencia MAURICIO MATLALCUATZI SANDOVAL ante Usted comparezco y con el debido respeto expongo:
Por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 103 y 107 Constitucionales, vengo a solicitar “EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL”, contra actos de autoridad que enseguida señalaré, como responsable, por considerar que se ha violado en mi perjuicio el derecho de petición, cuya garantía se encuentra consagrada por el artículo 8°, de la Constitución General de la República.
Para el efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 116 de la Ley de Amparo, a continuación manifiesto a Usted, lo siguiente:
I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO.- CRESCENCIO HERNANDEZ AVENDAÑO Y/O CRECENCIO HERNÁNDEZ AVENDAÑO y/o SERGIO HERNÁNDEZ AVENDAÑO con domicilio en Avenida Adolfo López Mateos sin número, de la Población de Santa María Tocatlán, Tlaxcala.
II.- NOMBRES Y DOMICILIOS DE LOS TERCEROS PERJUDICADOS.- Dada la naturaleza de la presente demanda, no es necesario citar nombre de tercero perjudicado alguno.
III.- AUTORIDAD RESPONSABLE.- El Ciudadano Presidente Municipal de Tocatlán, Tlaxcala, cuyo domicilio oficial se ubica en el edificio que ocupa la Presidencia Municipal ubicada en el centro de la población de Tocatlán, Tlaxcala.
IV.- ACTO RECLAMADO.- La omisión en contestar la petición que formulé mediante escrito de fecha quince de noviembre del año en curso, presentado el día 16 del mismo mes y año en el despacho del Presidente Municipal de Tocatlán, Tlaxcala, mediante la cual le solicité girar instrucciones a la Tesorera Municipal a efecto de cobrar el impuesto predial respecto del inmueble denominado “EL JARDÍN” ubicado en Avenida Adolfo López Mateos del Barrio de San Miguel, Municipio de Tocatlán, Tlaxcala. .
V.- PRECEPTO CONSTITUCIONAL QUE CONTIENEN LA GARANTIA VIOLADA.- Artículo 8º.
VI.- PROTESTA LEGAL.- Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que son completamente ciertos los hechos que constituyen antecedentes de los actos reclamados y que son los siguientes:
A N T E C E D E N T E S.
1.- El día dieciséis de noviembre del año dos mil cinco, presenté un escrito a la Autoridad señalada como Responsable en el cual solicité: “…que se girara instrucción a la Contadora Pública Laura Hernández Avendaño en su carácter de Tesorera Municipal así como del personal a su cargo a efecto de que se realice el cobro del impuesto predial del predio denominado “EL JARDÍN” ubicado en Avenida Adolfo López Mateos del Barrio de San Miguel, Municipio de Tocatlán, Tlaxcala, toda vez que el suscrito he acudido en reiteradas ocasiones ante el personal de la Tesorería del Ayuntamiento a efecto de realizar el pago de impuesto predial, negándoseme el derecho de realizarlo sin argumento jurídico alguno, por lo que al ser una obligación de todo mexicano contribuir a los gastos públicos así de la Federación como del Estado y del Municipio en que resido conforme lo previsto por los artículos 31 fracción IV de nuestra Carta Magna y 11 fracción VI de la Ley Municipal para el Estado de Tlaxcala y al ser una facultad y obligación por parte de Usted de vigilar la recaudación de la hacienda municipal y que su aplicación se realice con probidad, honradez y estricto apego a la ley, así como obligación por parte del Tesorero Municipal de recaudar y administrar las contribuciones y participaciones conforme lo disponen los artículos 42 fracción V y 73 fracción I de la Ley Municipal para el Estado de Tlaxcala…” Anexo a la presente Demanda de Garantías como número ÚNICO la copia del escrito que he citado con anterioridad en el que consta el sello de acuse de la autoridad que lo recibió en la fecha mencionada (dieciséis de noviembre de dos mil cinco).
2.- Hasta la fecha y a pesar de haber transcurrido mas de veinticinco días de haber recibido mi petición, la Autoridad señalada como Responsable no ha emitido contestación ni repuesta a dicha promoción, viéndome obligado a promover en la presente vía, considerando que se viola en mi perjuicio la garantía que nuestra Carta Maga otorga a todo ciudadano en el artículo 8º.
VII.- CONCEPTOS DE VIOLACIÓN.
PRIMERO.- El artículo 8º., Constitucional prescribe a la letra: “Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que éste se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa … A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario”.
SEGUNDO.- A la fecha ha transcurrido un periodo de tiempo que desde luego no puede considerarse como breve, sin que la autoridad responsable haya emitido acuerdo o respuesta alguna a la referida petición, transgrediendo la garantía de petición prevista en el artículo citado en el punto inmediato anterior, por lo que ante dicha omisión debo ser restituido en el goce de la garantía violada concediéndose la protección federal para el efecto de que la Autoridad Responsable de respuesta a la brevedad a mi petitorio.
Por lo expuesto y fundado, atentamente pido:
Primero.- Admitir esta demanda.
Segundo.- Requerir a la Autoridad Responsable su Informe Justificado.
Tercero.- Señalar día y hora para que tenga verificativo la Audiencia Constitucional.
Cuarto.- Dar al Ministerio Público Federal la intervención que legalmente le corresponde.
Quinto.- Oportunamente concederme la protección federal.
“PROTESTO A USTED MIS RESPETOS”
Tlaxcala de Xicohténcatl, a nueve de diciembre de dos mil cinco.
CRESCENCIO HERNÁNDEZ AVENDAÑO Y/O
CRECENCIO HERNÁNDEZ AVENDAÑO y/o
SERGIO HERNÁNDEZ AVENDAÑO
EXPEDIENTE NÚMERO: 716/2006.
CIUDADANO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
PRIMERO DE LO CIVIL Y FAMILIAR.
DISTRITO JUDICIAL DE CUAUHTEMOC.
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O—–¨"g‘Dg!0sáá ‚"`áà3à“áá àâb"àà“óâ3à carácter de demandado dentro de los autos que me permito indicar al rubro, señalo en términos del artículo 93 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en Calle Mármol, número Siete “B”, Fraccionamiento El Llano, de esta ciudad, autorizando para que en mi nombre las reciban a los Abogados que laboran en la Institución de Asistencia Jurídica Social de la Consejeria Jurídica del Ejecutivo del Estado, adscritos a éste Honorable Juzgado, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:
Que encontrándome dentro del término que me fue concedido mediante proveído de fecha trece de julio del año en curso, notificado al suscrito el día seis de septiembre de esta anualidad, por medio del presente escrito vengo a dar contestación en tiempo y forma a la Infundada e Improcedente Demanda de DIVORCIO NECESARIO, promovido en mi contra por la Señora VICTORIA ZARATE SALAMANCA, por las causales de divorcio previstas por el artículo 123 fracciones I, VIII, XI y XIV de la Ley Adjetiva Civil vigente en el Estado, por lo que paso hacerlo en los términos siguientes:
CONTESTACION AL CAPITULO DE PRESTACIONES.
Por lo que respecta a las prestaciones reclamadas por mi colitigante en sus incisos a), b), y d) , debo decir a su Señoría que esta carece de acción y derecho para reclamármelas, en virtud que el suscrito no he dado motivo alguno para que me demande la señora Victoria Zarate Salamanca, en los términos que lo pretende hacerlo valer, como así lo precisare en líneas posteriores, como consecuencia de ello no estoy obligado a pagar los gastos y costas que se originen por la tramitación de este juicio.
En relación a la prestación reclamada por mi colitigante en su inciso c), debo decir a su Señoría -------------
CONTESTACION AL CAPITULO DE HECHOS.
1.- En relación al hecho numero uno de la demanda que se contesta, ES CIERTO.
2.- En cuanto al hecho numero dos de la demanda que se contesta, ES CIERTO.
3.- En relación al hecho numero tres de la demanda que se contesta, ES CIERTO.
4.- En relación al hecho numero cuatro de la demanda que se contesta, NO ES CIERTO. Además es de considerar por parte de su Señoría que mi colitigante me deja en un estado de indefinición al no precisar lugar, tiempo, modo y demás circunstancias que según ella sucedieron los hechos que me imputa en este punto de hechos que se contesta, pues jurídicamente no pueden prosperar, en primero termino es menester para los importantes efectos de establecer la materia misma de la prueba en el juicio, en segundo termino colocar a las autoridades del conocimiento en la posibilidad de calificar si su naturaleza de las injurias graves causa distanciamiento entre los cónyuges que hagan imposible la vida en común, y en tercer termino para determinar si la acción fue ejercitada oportunamente, por tal razón opongo desde este momento la excepción de OSCURIDAD DE LA DEMANDA. Por otro lado debo decir a su Señoría que durante todo mi matrimonio con la señora VICTORIA ZARATE SALAMANCA, nuestra relación fue siempre llevadera, teniendo problemas propios de un matrimonio, a pesar de que mi esposa en diferentes periodos de nuestro matrimonio no me lavaba mi ropa, ni mucho menos planchaba mi ropa, ni me atenida en mis alimentos a pesar de proporcionarle todo lo necesario para la manutención de nuestra familia, no obstante de haber tenido mi esposa personas que le ayudaran a los quehaceres del hogar como son los servicios de las señoras Carmela Báez, Lucia Espinosa y Juanita Velásquez, pues cuando se aliviaba de nuestros hijos, siempre procuraba que una de las personas antes citadas ayudaran a mi esposa a lavar, planchar, cocinas mientras se recuperaba de sus alumbramientos, desde luego era el suscrito quien pagaba con mi dinero propio los servicios de las personas citadas afirmaciones que las justificare en el momento procesal oportuno. También debo aclara que mi esposa Victoria Zarate Salamanca que durante nuestro matrimonio jamás trabajo lavando y planchando ajeno, en razón de que el suscrito siempre cumplí con mi obligación de proporcionar a mi esposa he hijos todo lo necesario para su manuntencion, pues de acuerdo a mis posibilidades económicas al principio de nuestro matrimonio le daba a mi esposa como gasto cada ocho días, la cantidad de cien pesos ò ciento veinte hasta ciento cincuenta, misma que fue aumentando de acuerdo a los ingresos económicos del suscrito, pero a partir del año de mil novecientos noventa y ocho, empezamos a vender el suscrito y mi esposa ropa de bazar (Americana), en los tianguis del Mercado Doce de Mayo, de esta Ciudad de Apizaco, Tlaxcala, los días domingos y miércoles de cada semana, teniendo un ingreso de ventas aproximado del dos mil quinientos pesos cero centavos moneda nacional semanarios, cantidad que siempre ha dispuesto mi esposa para surtirse de mercancía y cubrir sus necesidades mas apremiantes para su subsistencia, con lo cual se deduce que mi esposa tiene posibilidades económicas para sobrevivir y no obstante a ello tiene un lugar donde vivir esto es en el bien inmueble propiedad del suscrito que se ubica en Cerrada Emilio Sánchez Piedras numero ciento veintinueve de la población de San Mártir Xaltocan, Municipio del mismo nombre, Tlaxcala, mas sin embargo el de la voz debido a mi edad (66 años), y no cuento con una preparación de una carrera u oficio que pudiera ejercer me es imposible tener un trabajo fijo, ya que en ocasiones únicamente tengo para medio comer. También aclaro a su Señoría que los lugares que ocupa mi esposa en la venta de ropa americana, tienen una área de cuatro metros de largo por un metro ochenta centimetros el día domingo y el día miércoles el área es de nueve metros de largo por un metro cincuenta centímetros y se ubican ambos lugares sobre la Calle Cuauhtémoc entre las calles Barberan y Collar y ------------- a la altura de la negociación denominada __________, por lo que resulta ilógico que mi esposa me pida los alimentos además deque cuenta con una edad de catorce años menor que el suscrito.
5.- En relación al hecho numero cinco de la demanda que se contesta, NO SON CIERTOS, y no obstante a ello debo decir a su Señoría en el supuesto caso sin conceder que así hubieran sucedido los hechos, también es cierto que a operado la caducidad de su derecho que pudo haber ejercitado dentro del término que establece la ley, tal y como lo previene el articulo 125 del Código Civil vigente en el Estado. Por otro lado me permito objetar en cuanto a su contenido y alcance legal que pretende la señora Victoria Zarate Salamanca le otorgue a su Señoría respecto del acta numero 128/97, levantada por parte de mi colitigante ante el Ministerio Publico de San Martín Xaltocan, Tlaxcala, en virtud, de ser una acta unilateral ya que se viola en mi perjuicio mis garantías de audiencia y legalidad consagrada en el artículo 14 Constitucional.
6.- En cuanto al hecho numero seis de la demanda que se contesta, si es cierto, pero al mismo tiempo la objeto en cuanto a su contenido y valor probatorio que pretende mi colitigante le otorgue su Señoría, el acta convenio de fecha dieciocho de mayo del dos mil cinco, levantada ante la presencia de la Asesor Jurídico del DIF Estatal Delegación Apizaco, Tlaxcala, pues debo decir a usted, que desde el día --------del mes mayo de dos mil cuatro, mi esposa Victoria Zarate Salamanca abandono nuestro domicilio conyugal antes citado, sin haber motivo alguno para hacerlo ya que durante nuestro matrimonio siempre le di buen trato pues jamás le proferí injuria alguna ni mucho menos la agredí, razón por la cual no tuve inconveniente alguno de que regresara a nuestro domicilio de conformidad al acta que refiere mi colitigante y que anexa a su escrito.
7.- En relación al hecho numero siete de la demanda que se contesta: NO ES CIERTO que el suscrito no haya dado cumplimiento a lo acordado en el DIF el día dieciocho de mayo del año dos mil cinco, ya que mi esposa jamás llego a nuestro domicilio conyugal ni mucho hablo con el de la voz, cuando según ella la ignore; por lo que refiere mi colitigante al manifestar “…acuda a mi domicilio conyugal para instalar cortinas … me arme de valor e ingrese a nuestro domicilio conyugal y allí me encuentro viviendo hasta este momento”, no lo afirmo ni lo niego por no ser hecho propio del suscrito, mas sin embargo debo decir a su Señoría que fue el día seis de septiembre del año en curso, fue cunado mi esposa ingreso a nuestro domicilio conyugal, mas no antes como lo refiere, y sorprendió a esta autoridad; Por lo que refiere mi colitigante sobre la acusación de que el suscrito la agradó físicamente y verbalmente al grado de meter a nuestra casa a mi amante según ella responde al nombre de Elba, tampoco es cierto, tan es así, que mi esposa no refiere circunstancias de tiempo modo y lugar según ella la agredí físicamente y verbalmente hasta el grado de amenazarla de muerte, por lo que me deja en un estado de indefensión en la que pueda fundar mi defensa; por lo que refiere mi colitígate “…pero fue el dia veintitrés de junio del año en curso en que mi esposo el señor FRANCISCO LOPEZ VELAZCO llego en completo estado de ebriedad, aproximadamente a las seis de la tarde y empego a insultarme diciéndome HIJA DE LA CHINJADA TE LLEGO TU HORA … A MI ME VALE MADRE TUS HIJOS, NO TE VAN A SALVAR DE MORIR”, tales afirmaciones no son ciertas, en primer termino como ya lo manifesté con antelación mi esposa abandono el hogar desde el mes de mayo de dos mil cuatro y se reincorporo a este el dia seis de septiembre del año en curso cunado su Señoría me separo del domicilio conyugal y me corrió traslado la Diligenciaría de este Juzgado con la demanda que estoy contestado; en segundo término por que el dia veintitrés de junio del año en curso, el declarante me encontraba trabajando en el campo en los terrenos propiedad de mi señor padre que responde al nombre de José Maria Lípez Cordero, y que se ubican en el Barrio de Cuatla, de la población de Xaltocan, Municipio del mismo nombre, Tlaxcala, con un horario de las ocho horas a las diecinueve horas, por que resulta imaginativa la acusación que me hace mi esposa por que resulta ilógico que el suscrito este en dos lugares diferentes al mismo tiempo, lo que se deduce que mi esposa lo único que pretende es sorprender a esta autoridad argumentando hechos falacticos `producto de su imaginación. Ante tales circunstancias -------------
CONTESTACIÓN AL CAPITULO DE DERECHO.
No niego su vigencia, pero en el presente caso resultar inaplicables, en virtud que no he dado motivo alguno para que la señora VICTORIA ZARTE SALAMANCA, me demande en los términos que pretende hacer valer--------
EXCEPCIONES QUE HAGO VALER.
A).- SINE ACTIONE AGIS.- Equivale, lisa y llanamente, a la negación de la demanda y que tiene como único efecto arrogar la carga de la prueba al actor.
B).- OBSCURIDAD DE LA DEMANDA.- De que la actora me deja en un estado de indefensión al no precisar con exactitud circunstancias de modo, tiempo y lugar en que según mi demandante sucedieron los hechos en que funda su acción de Divorcio Necesario, por las causales previstas por el artículo 123 en sus fracciones I, VIII, XI y XIV de la Ley Sustantiva Civil vigente en el Estado.
C).-
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