Contrato de Mutuo con Interés que celebran por una parte el Sr. ______________, a quien en lo sucesivo para efectos del presente contrato se le designará como el MUTUANTE y, por la otra parte, el Sr. ___________________, quien en lo sucesivo para efectos del presente contrato se le designará como el MUTUATARIO, ambas partes declaran estar de acuerdo con celebrar el presente instrumento legal y que el mismo se regirá al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I: Declara el "MUTUANTE" ser mexicano, mayor de edad, soltero, hábil para obligarse y contratarse, así como de encontrarse en posibilidades de transferir al "MUTUATARIO", la suma de dinero que más adelante se especifica.
II. Declara el "MUTUANTE" tener como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en la Av. Enrique Díaz de León, número 2334, interior 11, el mismo encontrándose entre las calles de Av. Fidel Velázquez y Av. Patria, C.P. 44210, Col. Vallarta Country, mismo domicilio que regirá para efectos del presente contrato.
III. Declara el "MUTUATARIO" ser mexicano, mayor de edad, casado, hábil para obligarse y contratarse, así como el tener un negocio lícito para obligarse y recibir la cantidad que el "MUTUANTE" le transfiere.
IV. Declara el "MUTUATARIO" tener como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, el ubicado en la Av. Faro, 2538, encontrándose entre las calles de Isla Barlovento y Diamante en la Col. Bosques de la Victoria en esta ciudad y que el mismo domicilio regirá para efectos del presente instrumento legal.
Dadas las DECLARACIONES que proceden, las partes otorgan las siguientes:
CLAUSULAS
Primera. EL "MUTUANTE" se obliga a transferir la propiedad de $3,010.00 Dólares (TRES MIL DIEZ DOLARES AMERICANOS) al "MUTUATARIO" y, este último, se obliga a devolverlo en los términos de este contrato más el interés pactado.
Segunda. EL "MUTUATARIO" devolverá al "MUTUANTE", el dinero prestado en un plazo de tres meses, computado sobre el día que el "MUTUANTE" le haga saber por escrito que el dinero será recogido, así como se seguirán pagando los intereses devengados hasta el día de la entrega.
Tercera. El interés se calculará sobre las ganancias que el "MUTUATARIO" obtenga mensualmente, esto es, le presentará al "MUTUANTE", las cuentas sobre el cual se soportan las ganancias y gastos, por medio de los cuales se determinó el porcentaje correspondiente a los gananciales del periodo, estos gananciales serán los intereses del "MUTUANTE".
Cuarta. Ambas partes convienen que, en caso de incumplimiento del presente Contrato por parte del "MUTUATARIO", el "MUTUANTE" podrá ejercitar las acciones legales conducentes, y los gastos, así como los costos que se eroguen de los mismos, serán por cuenta del "MUTUATARIO".
Quinta. Ambas partes convienen en que el "MUTUATARIO" se obliga a:
a) Pagar cualquier gasto que no derive del presente Contrato.
b) Nombrar como obligado solidario a la Sra. ______________.
c) Notificar con 15 días de anticipación que tardará más de lo previsto en el presente contrato para la entrega de intereses, estos medios de comunicación podrán ser fax, mail, llamada telefónica o en apersonamiento de ambas partes en cualquier lugar, no podrá ser sujeto a notificación el radio o cualquier tipo de mensaje escrito con uso de terceros ajenos.
Sexta. Ambas partes convienen que el presente Contrato es de carácter privado, pero contiene todos los derechos y obligaciones y, que por lo tanto, podrán ejercitarse con él todas las acciones que deriven del mismo, de conformidad con la ley.
Séptima. Ambas partes convienen en que para la INTERPRETACION y cumplimiento del presente Contrato se sometan expresamente a las leyes y tribunales de la ciudad de Guadalajara, Jal., México, renunciando a cualesquiera otros que por razones de domicilio u otras circunstancias pudieran invocar las partes.
Octava. Los domicilios para oír y recibir notificaciones serán los mismos de la declaratoria.
Novena. Las partes señalan como pena convencional la cantidad de $5,000.00 (CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.) para el caso de que alguna de ellas incumpla en cualquiera de las obligaciones a su cargo que se desprenden de este instrumento.
Décima. Se establece como plazo máximo para la entrega del dinero, la misma fecha de la firma del presente instrumento legal.
Décima Primera. Para efectos de supletoriedad del presente contrato, se tendrá el Código Civil para el estado de Jalisco, el Código Civil Federal, las leyes mercantiles y los usos y costumbres.
Leído que fue el presente contrato, se firma por duplicado en la ciudad de Guadalajara, Jal., a los cuatro días del mes de enero de 1999.
Guadalajara, Jal., a 4 de enero de 1999.
"EL MUTUANTE" "EL MUTUATARIO"
________________________ ______________________
TESTIGO TESTIGO
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Formato editable cortesía de: EL INCORRUPTIBLE Despacho de Abogados
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