FORMATOS JURÍDICOS EDITABLES

 

EXPEDIENTE FAMILIAR NUM:

 

 

 

CIUDADANO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

LO CIVIL Y FAMILIAR EN TURNO.

DISTRITO JUDICIAL DE CUAUHTEMOC.

 

 

LILIANA REYES HUESCA, promoviendo por mi propio derecho, señalo como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el Despacho ubicado en Calle Mármol número siete letra “B”, Fraccionamiento “El Llano”, de esta Ciudad de Apizaco, Tlaxcala; autorizando para estos efectos a los Abogados que laboran en la Institución de Asistencia Jurídica Social de la Consejería del Ejecutivo del Estado, adscritos a este Honorable Juzgado, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer.

 

 

Mediante el presente escrito, en la VIA DE JURISDICCION VOLUNTARIA, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1446, 1447, 1448, 1449, 1450, 1451 del Código Procesal Civil, en relación con los diversos 146, 149 y 154 del Código Civil vigentes en el Estado, promuevo DILIGENCIAS SOBRE ALIMENTOS PROVISIONALES, a favor de la suscrita y de mi menor hija MARIA FERNANDA VAZQUEZ REYES; deudor alimentista quién tiene su domicilio ubicado en Privada Ascención Tepatl, Número Novecientos trece, Unidad Habitacional San Rafael Atlixtac, Colonia INDECO, Apizaco, Tlaxcala; basándome al respecto en los siguientes hechos y consideraciones de Orden Legal.

 

 

H E C H O S:

 

 

1.- Bajo protesta de decir verdad, manifiesto a su Señoría que a partir del mes de septiembre del año dos mil dos, iniciamos relación de noviazgo, el hoy deudor alimentista, ALEJANDRO VAZQUEZ MEJIA y la suscrita, misma que perduro aproximadamente cinco meses, por lo que habiendo mantenido dicha relación, procreamos a mi menor hija de nombre MARIA FERNANDA VAZQUEZ REYES, quién nació el día tres de noviembre del dos mil tres, misma que fue presentada ante el Oficial Número Cero Uno, del Registro Civil del Municipio de apizaco, Tlaxcala; tanto por el deudor alimentista y la promovente, a fin de ser reconocida y registrada ante dicho funcionario municipal, tal como lo justifico con la copia al carbón de su acta de nacimiento, de fecha veintidós de diciembre del año dos mil tres; documental pública que habrá de ser valorada en términos de ley.

 

2.- A partir de la fecha de nacimiento de mi menor hija, tuve la necesidad de continuar viviendo en el domicilio de mis Señores padres JORGE REYES MARTINEZ y MARIA CRISTINA HUESCA DEL RIO, mismo que se encuentra ubicado en Calle 20 de Agosto, Número Veinticuatro, Colonia Linda Vista, Comunidad de Santa Anita Huiloac, Municipio de Apizaco, Tlaxcala; por lo que el C. ALEJANDRO VAZQUEZ MEJIA, esporádicamente visitaba a mi menor hija en el citado domicilio de mis Señores padres, por un lapso aproximado de ocho meses, aclarando que durante éste tiempo, en ningún momento y bajo ninguna circunstancia se ocupó, ni mucho menos se preocupó por las atenciones más prioritarias y urgentes necesidades de mi menor hija, incluso, he de informar a esta Autoridad Judicial, que durante el lapso del tiempo de mi embarazo y al término de este, tampoco tuvo la delicadeza de apoyarme económicamente para sufragar los diversos gastos que represento ello, ni mucho menos los propios que erogamos tanto mis Señores padres como la suscrita, para la atención del parto, dado que desde aquel entonces trabajaba como capturista de datos en una Oficina de Atención Ciudadana, de la Ex candidata a Diputada Local, Margarita Sánchez Santiago, lugar en el que permanecí aproximadamente cuatro meses.

 

3.- Posteriormente, ante los múltiples gastos que representan las atenciones más urgentes y apremiantes de mi menor hija y ante la indiferencia y irresponsabilidad para cumplir debidamente con las obligaciones del deudor alimentista, que como padre le corresponden, tuve la necesidad de irme a trabajar a la Ciudad de México, Distrito Federal, específicamente en la Unidad Médico Familiar Número Cuarenta y seis, del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el área de Medicina Preventiva; durante el tiempo en que permanecí trabajando en dicho lugar, simultáneamente opté por iniciar el estudio de Educación Superior como Enfermera, profesión que culminé en el mes de febrero del año dos mil siete, no obstante que la citada Unidad Médico Familiar, solo labore por un año, seis meses, posteriormente inicié labores en la Unidad de Medicina Familiar, Número Siete, del mismo Instituto Mexicano del Seguro Social, lugar donde permanecí aproximadamente seis meses, continuando el estudio de mi Educación Superior, aclarando que ya desde aquél entonces obtenía ciertos ingresos económicos, que aún cuando resultaban insuficientes para satisfacer las necesidades más urgentes de mi menor hija, al menos procuraba atender las más elementales, evidentemente con el apoyo de mis Señores padres, quienes en todo momento y hasta la fecha así lo han hecho.

4.- En el mes de junio del año dos mil siete y como consecuencia de un problema meramente familiar, tuve la necesidad de regresar al domicilio de mis Señores padres, evidentemente con mi menor hija, tiempo a partir del cual estuve trabajando en la Empresa denominada Wexller de México, ubicada en Corredor Industrial Xicohténcatl, durante el lapso de cuatro meses, a efecto de continuar atendiendo las necesidades de mi menor hija, dado que hasta aquel tiempo continuaba por demás la indiferencia e irresponsabilidad con la misma menor; no obstante ello, desde hace aproximadamente cinco meses, me he dedicado de alguna otra forma a la venta de zapatos, ropa por catalogo; no pasando por desapercibido que, aunado al reiterado apoyo económico que hasta la fecha he recibido de mis Señores padres, en algunas veces he tenido la necesidad de solicitar dinero prestado, tanto a familiares y vecinos, sobre todo en circunstancias meramente necesarias, fundamentalmente en las ocasiones en que mi menor hija se ha enfermado, circunstancias en las cuales he tenido la inminente urgencia de solicitar a los Abuelos Paternos de mi hija, apoyo económico para la compra de ciertos medicamentos requeridos, dado que por algunas ocasiones no ha estado al alcance de mis Señores padres apoyarme en tal sentido, circunstancias que habré de justificar debida y oportunamente, mediante el Testimonio de personas dignas de fe que saben y les consta los hechos relacionados.

 

5.- Así mismo, informo a esta Autoridad Judicial que desde hace aproximadamente cuatro meses, el deudor alimentista, se encuentra laborando en la Dirección General de la Policía Federal Preventiva del Distrito Federal, ubicada en Jardines del Pedregal, Número 3609, Delegación Álvaro Obregón, Distrito Federal; dependiente de la Unidad de Pagaduría, Administración, Coordinación y Servicios de dicha Dependencia, ubicada en Calle Miguel Angel de Quevedo, Número 915, Colonia El Rosedal, Delegación Coyoacan, Distrito Federal; lugar este último en el que habrá de solicitarse mediante Oficio, la información respectiva en cuanto al sueldo y demás prestaciones que percibe el deudor alimentista, para los efectos legales conducentes; debiendo para tal efecto enviar atento exhorto al Ciudadano Juez de lo Familiar en Turno del Distrito Federal que corresponda, conforme a la ubicación del domicilio en donde hasta la fecha se encuentra laborando el citado deudor alimentista.

 

 

D E R E C H O:

 

 

I.- Es Usted competente Ciudadano Juez para conocer de las presentes diligencias, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 142 y 146 del Código Procesal Civil en vigor.

 

II.- Tengo personalidad para promover el presente asunto, de acuerdo a las disposiciones legales que establecen los artículos 5, 46 y 54 del invocado Ordenamiento Procesal Civil en vigor.

 

III.- En cuanto al fondo del procedimiento son aplicables los preceptos legales 146, 149, 156 y 157 del Código Civil en vigor.

 

IV.- Norman el procedimiento los artículos 1446, 1447, 1448, 1449 y 1451 del Código Adjetivo Civil en vigor.

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado, a Usted Ciudadano Juez, atentamente solicito:

 

PRIMERO.- Tenerme por presente en la Vía y forma propuesta, promoviendo EN LA VIA DE JUSRIDICCION VOLUNTARIA, ALIMENTOS PROVISIONALES, a favor de la suscrita y mi menor hija.

 

SEGUNDO.- Se tengan por exhibidos los anexos relacionados, para los efectos legales conducentes.

 

TERCERO.- Enviar atento Oficio a la Dependencia citada, a fin de que informe respecto de los ingresos o percepciones del deudor alimentista.

 

CUARTO.- Señalar día y hora para el desahogo de la PRUEBA TESTIMONIAL, ofrecida.

 

QUINTO.- Dar la intervención que legalmente le compete al Representante Social adscrito.

SEXTO.- Previa certificación de la documental pública exhibida, ordene la devolución de la misma, por requerirla para trámites de carácter legal.

 

 

 

“PROTESTO MI RESPETO”

 

Apizaco, Tlaxcala, a cuatro de mayo de dos mil ocho.

 

 

 

LILIANA REYES HUESCA.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

INTERROGATORIO AL TENOR DEL CUAL DECLARARAN LOS TESTIGOS QUE PRESENTARE EL DIA Y HORA QUE SU SEÑORIA TENGA A BIEN SEÑALAR, DENTRO DE LAS PRESENTES DILIGENCIAS DE ALIMENTOS PROVISIONALES, PROMOVIDAS POR LA SUSCRITA, RESPECTO DEL DEUDOR ALIMENTISTA SEÑOR ALEJANDRO VAZQUEZ MEJIA, A FAVOR DE MI MENOR HIJA MARIA FERNANDA VAZQUEZ REYES.

 

PREVIO SUS GENERALES Y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EL TESTIGO DIRA:

 

 

1.- SI CONOCE A SU PRESENTANTE.

 

2.- PORQUE MOTIVOS LA CONOCE.

 

3.- QUE TIEMPO TIENE DE CONOCERLA.

 

4.- SI TIENE CONOCIMIENTO DEL DOMICILIO QUE ACTUALMENTE HABITA LA PERSONA QUE LO PRESENTA.

 

5.- SI CONOCE AL SEÑOR ALEJANDRO VAZQUEZ MEJIA.

 

6.- PORQUE MOTIVOS LO CONOCE.

 

7.- QUE TIEMPO TIENE DE CONOCER A LA PERSONA ANTES CITADA.

 

8.- SI SABE Y LE CONSTA QUE LOS SEÑORES ALEJANDRO VAZQUEZ MEJIA Y LILIANA REYES HUESCA, EN ALGUN TIEMPO TUVIERON RELACION DE NOVIAZGO.

 

9.- SI TIENE CONOCIMIENTO DEL TIEMPO QUE HAYA PERDURADO DICHA RELACION.

 

10.- SI SABE Y LE CONSTA QUE DE DICHA RELACION PROCREARON A LA MENOR MARIA FERNANDA VAZQUEZ REYES.

 

11.- SI TIENE CONOCIMIENTO DE LA EDAD QUE ACTUALMENTE TIENE LA MENOR ANTERIORMENTE CITADA.

 

12.- SI TIENE CONOCIMIENTO QUE LA MENOR MARIA FERNANDA VAZQUEZ REYES, SE ENCUENTRE ESTUDIANDO EN ALGUNA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.

 

13.- SI SABE Y LE CONSTA QUE DURANTE EL TIEMPO DEL EMBARAZO DE LA SEÑORA LILIANA REYES HUESCA, ESTUVO HABITANDO EL DOMICILIO DE SUS SEÑORES PADRES.

 

14.- SI TIENE CONOCIMIENTO DEL DOMICILIO DE LOS SEÑORES PADRES DE LA PERSONA QUE LO PRESENTA.

 

15.- SI TIENE CONOCIMIENTO QUE EL DEUDOR ALIMENTISTA ALEJANDRO VAZQUEZ MEJIA, DESDE EL MOMENTO MISMO DEL EMBARAZO DE LA SEÑORA LILIANA REYES HUESCA, EN NINGUN MOMENTO SE HAYA OCUPADO DE LAS ATENCIONES MAS URGENTES Y ELEMENTALES DE LA MISMA.

16.- SI SABE Y LE CONSTA QUE PERSONAS SE HAYAN OCUPADO DEL PAGO DE LOS GASTOS MEDICOS DE LA SEÑORA LILIANA REYES HUESCA, PROPIOS DE SU EMBARAZO.

 

17.- SI TIENE CONOCIMIENTO DE LOS LUGARES EN LOS QUE A TRABAJADO LA PERSONA QUE LO PRESENTA.

 

18.- SI SABE Y LE CONSTA QUE DURANTE EL TIEMPO EN QUE LA SEÑORA LILIANA REYES HUESCA, SE ENCONTRABA LABORANDO, SIMULTÁNEAMENTE ESTUVO ESTUDIANDO ALGUNA CARRERA PROFESIONAL.

19.- SI TIENE CONOCIMIENTO DEL LUGAR DONDE ACTUALMENTE SE ENCUENTRA TRABAJANDO EL DEUDOR ALIMENTISTA, ALEJANDRO VAZQUEZ MEJIA.

 

20.- SI TIENE CONOCIMIENTO DEL TIEMPO DURANTE EL CUAL SE ENCUENTRA TRABAJANDO LA PERSONA QUE HA MENCIONADO, EN EL LUGAR CITADO.

 

21.- SI TIENE CONOCIMIENTO DE LAS PERSONAS QUE FRECUENTEMENTE LE HAN APOYADO ECONÓMICAMENTE A LA PERSONA QUE LO PRESENTA, PARA ATENDER LAS NECESIDADES MAS APREMIANTES DE LA MENOR MARIA FERNANDA VAZQUEZ REYES.

 

22.- SI TIENE CONOCIMIENTO QUE ANTE LA INDIFERENCIA E IRRESPONSABILIDAD DEL DEUDOR ALIMENTISTA, PARA CON SU MENOR HIJA MARIA FERNANDA VAZQUEZ REYES, LA PERSONA QUE LO PRESENTA HA TENIDO LA NECESIDAD DE VENDER ZAPATOS, ROPA POR CATALOGO, A FIN DE OBTENER INGRESOS ECONOMICOS PARA ATENDER LAS NECESIDADES MAS URGENTES DE LA MENOR MARIA FERNANDA VAZQUEZ REYES.

 

23.- SI SABE Y LE CONSTA QUE ANTE LA INDIFERENCIA E IRRESPONSABILIDAD DEL DEUDOR ALIMENTISTA, PARA CON SU MENOR HIJA MARIA FERNANDA VAZQUEZ REYES, LA PERSONA QUE LO PRESENTA HA TENIDO LA NECESIDAD DE SOLICITAR POR ALGUNAS OCASIONES, DINERO PRESTADO A FAMILIARES Y VECINOS, PARA COMPLEMENTAR LOS DIVERSOS GASTOS PARA LA ATENCIÓN DE LA MULTICITADA MENOR MARIA FERNANDA VAZQUEZ REYES.

 

24.- SI TIENE CONOCIMIENTO QUE EL DEUDOR ALIMENTISTA ALEJANDRO VAZQUEZ MEJIA, POSEE RECURSOS ECONOMICOS SUFICIENTES QUE BIEN PUEDEN PERMITIRLE PROPORCIONAR DECOROSAMENTE, LA PENSION ALIMENTICIA DE LA MENOR MARIA FERNANDA VAZQUEZ REYES.

 

 

 

 

 

“PROTESTO MI RESPETO”

 

Apizaco, Tlaxcala, a cuatro de mayo de dos mil ocho.

 

 

 

 

LILIANA REYES HUESCA.

 

 

 

 

 

 

 

 

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