FORMATOS JURÍDICOS EDITABLES

CIUDADANO JUEZ DE LO CIVIL Y

DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO

JUDICIAL DE HIDALGO, EN TURNO.

 

JESÚS LUÉVANO ESCALONA, por derecho propio, señalo como domicilio procesal el que se indica en el membrete de este escrito; y designo como mi abogado patrono al Licenciado en Derecho AZOL ROSSAINZZ ESTRADA, y a los Pasantes de esa Licenciatura OMAR MÁRQUEZ MÉNDEZ y MARÍA GENOVEVA LOREDO RODRÍGUEZ, para que conjunta o separadamente reciban las notificaciones que me corresponden. Respetuosamente comparezco para manifestar:

 

Vengo, en la vía de jurisdicción voluntaria familiar, a promover DILIGENCIAS DE OFRECIMIENTO DE PAGO DE PENSIÓN ALIMENTARIA, SEGUIDAS DE CONSIGNACIÓN, a favor de la señora MARIBEL ROSENDO PAREDES y de mis menores hijas YAMEL YAMÍN y FANY SHANTAL, de apellidos LUÉVANO ROSENDO; lo anterior de conformidad con las siguientes consideraciones de hechos y de derecho.

 

H E C H O S:

 

 

I.- Como consecuencia de las relaciones de pareja (sentimentales y carnales) que sostuve con la señora MARIBEL ROSENDO PAREDES, procreamos tres hijos y a quienes pusimos por nombres JESÚS GINGENI, YAMEL YAMÍN y FANY SHANTAL, de apellidos LUÉVANO ROSENDO, quienes nacieron los días once de febrero de mil novecientos ochenta y tres, veintiuno de agosto de mil novecientos ochenta y cinco y doce de noviembre de mil novecientos ochenta y seis, respectivamente. De lo anterior se obtiene que sólo mis hijas son menores de edad, como se demuestra con las correspondientes copias certificadas de sus actas de nacimiento, que debidamente legalizadas se acompañan a este ocurso como anexos números uno y dos, respectivamente.

 

 

 

II.- Aproximadamente en el mes de mayo del año de mil novecientos noventa y tres MARIBEL ROSENDO PAREDES y el suscrito establecimos el domicilio de nuestra familia en la casa marcada con el número cinco de la calle Popocatépetl de la población de Ixtulco de este Municipio, lugar en el que habité con mis hijos y su progenitora hasta el mes de marzo del año dos mil; pues a consecuencia de los múltiples problemas de carácter personal surgidos entre esa señora y yo, tuve que separarme de nuestro domicilio, dando por terminadas mis relaciones de pareja con dicha persona. Y desde entonces me encuentro radicando en la casa marcada con el número seis de la calle Fresnos Oriente de la Colonia El Sabinal del Municipio de Chiautempan, Tlax..

 

III.- Independientemente de los problemas surgidos entre la señora MARIBEL ROSENDO PAREDES y el suscrito, siempre he venido cumpliendo con mi obligación alimentaria que tengo para con ella y mis hijos, entregando en especie y en efectivo todo lo necesario, a veces en forma directa y en ocasiones por conducto de las empresas para las cuales laboro.

 

Dada la incompatibilidad de caracteres que existe entre MARIBEL ROSENDO PAREDES y el suscrito, ya no me es posible seguir cumpliendo mi obligación alimentaria de marras de manera directa; por lo me veo en la necesidad de promover estas diligencias de ofrecimiento de pago de dicha pensión, consignando la cantidad de cuatro mil ochocientos pesos a favor de mis menores hijas y de su progenitora (cantidad de dinero que obviamente exhibo con este escrito), respecto de la mensualidad correspondiente a los días quince del presente mes al quince de agosto del año en curso; y bajo el entendido de que de manera directa seguiré pagando los gastos de mis hijas, relativos a las inscripciones y colegiaturas en la escuela Sor Juana Inés de la Cruz, ubicada en esta ciudad,, en la que cursan sus estudios de bachillerato.

 

 

2

Debo aclarar a su Señoría que no incluyo en estas diligencias de consignación de alimentos a mi hijo JESÚS GINGENI LUÉVANO ROSENDO, en atención a que con mi apoyo él realiza diversas actividades comerciales, que le reditúan suficientes ingresos y lo colocan en una situación de autosuficiencia económica.

 

IV.- Así las cosas su Señoría deberá admitir a trámite estas diligencias que promuevo, disponiendo que se notifique a la señora MARIBEL ROSENDO PAREDES, por sí y en representación de mis menores hijas, para que comparezca ante su Señoría a recibir el pago de la pensión alimentaria de mérito, otorgando el recibo correspondiente. Y tomando en cuenta que continuaré consignando el pago de dicha pensión, se deberá requerir a esa interesada para que señale el domicilio procesal en el que se le notificarán los subsecuentes autos que su Señoría vaya dictando como consecuencia de las consignaciones de pago que realizaré.

 

 

D E R E C H O:

 

 

I.- Es usted Juez competente atento a lo dispuesto en los artículos 142 y 170 de la Ley Adjetiva Civil del Estado.

 

II.- Mi personalidad o legitimación se justifica de acuerdo a lo previsto en los artículos 5º y 46 de la ley invocada con antelación.

 

III.- Son aplicables en cuanto al fondo los artículos 147 párrafo segundo, 148, 154, 155, 156, 157, 1669, 1672 y demás relativos del Código Sustantivo Civil de la Entidad.

 

IV.- Norman el procedimiento los artículos 1387, 1390, 1392, 1578 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles del Estado.

 

3

Por lo anteriormente expuesto y fundado, a usted ciudadano Juez, atentamente pido, se sirva:

 

PRIMERO.- Se admitan a trámite las diligencias que promuevo, disponiendo que se notifique a las acreedoras alimentarias, para el objeto de que comparezcan a recibir el pago que se les consigna.

 

SEGUNDO.- Requerir a dichas acreedoras para que señalen domicilio procesal en el que se les pueda notificar los subsecuentes acuerdos que su Señoría dicte, a consecuencia de las futuras consignaciones que seguiré realizando.

 

 

PROTESTO A USTED MIS RESPETOS.

 

 

 

 

 

 

Tlaxcala de Xicohténcatl a doce de julio del año dos mil dos.

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