SENTENCIA DIVORCIO NECESARIO 5
______, ______ a______ de______ de______
VISTO S, los autos del expediente marcado con el número______/______, relativo al Juicio Civil Ordinario de Divorcio Necesario promovido por la Señora JIMENA__________________ en contra del Señor ERNESTO __________________ estando para dictar Sentencia; y
RESULTANDO
PRIMERO.- Por escrito presentado el nueve de Enero de mil novecientos noventa y siete, comparecieron ante este Juzgado la Señora JIMENA __________________ por derecho propio demandando en la Vía Civil Ordinaria al Señor ERNESTO __________________, por la disolución del vínculo matrimonial que los une a estos últimos; fundando la acción de divorcio necesario en la causal señalada por la Fracción______ del Artículo ______ del Código Familiar en Vigor, acompañaron al efecto los documentos fundatorios de la acción ejercitada y citó las disposiciones legales que creyó aplicables al presente caso.
SEGUNDO.- Por auto del ______ de ______ del año en curso se admitió la demanda en la vía, forma y términos propuestos, se ordenó registrarse en el Libro de Gobierno bajo el orden que legalmente le correspondiera, de su inicio dar aviso a la H. Superioridad, asimismo que se emplazara al demandado; el cual tuvo lugar por medio de edictos previa la justificación que se desconocía el domicilio y paradero del ahora demandado los que se publicaron en el término de Ley, en que se le hiciera el apercibimiento correspondiente para en caso de dejar de dar contestación a la demanda entablada en su contra. Por escrito del nueve de Mayo del año en curso, se tuvo a la parte actora acusando la rebeldía en que incurrió la demandada al haber dejado de producir la contestación a la entablada en su contra dentro del término para ello conferido y que se abriera el Juicio a prueba por el término de Ley; petición la anterior que se tuvo por acordada en los términos solicitados por auto dictado en la propia fecha, decretándose la apertura del juicio a prueba por el término de ley común para las partes, ordenándose formar los cuadernillos correspondientes; dentro de la dilación probatoria del presente juicio la actora ofreció como pruebas de su parte las siguientes: LA 'DOCUMENTAL PUBLICA, que hace consistir en la copia certificada del acta de matrimonio celebrado por ERNESTO__________________ y JIMENA__________________ debidamente expedida y certificada por el Ciudadano Oficial del Registro Civil de____________, ______ , LA DOCUMENTAL PUBLICA, consistente en el acta de nacimiento de la menor ISABEL__________________ expedida y certificada por el Ciudadano Oficial del Registro Civil de____________,______, LA CONFESIONAL, consiste en el resultado de las posiciones que se articularan a la parte demandada, previa citación oportuna que se hiciera con el apercibimiento respectivo para en caso de incomparecencia el día y hora señalado; LA TESTIMONIAL; que se hiciera consistir en el dicho de las Señoras ANGELINA____________ y ANTONIA____________ quiénes depusieran conforme al interrogatorio que en forma verbal y directa se les formulara en el momento del desahogo de esta probanza; LA PRESUNCIONAL en su doble aspecto legal y humano en cuanto favoreciera igualmente a los intereses del oferente y; LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, consistente en todo lo actuado en el procedimiento en cuanto favorezca a los intereses de la actora. La parte demandada no ofreció prueba alguna; a instancia de la parte actora solicitó se citara a las partes para oír dictar Sentencia, misma que hoy se pronuncia al tenor siguiente:
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que en los términos del Artículo______ del Código de Procedimientos Civiles en Vigor establece: "Para la redacción de las sentencias no se requiere forma especial, pudiendo el juez o tribunal, adoptar las que juzgue adecuada sin perjuicio de la observancia de las reglas establecidas en los Artículos siguientes". El Artículo ______ del mismo Ordenamiento en cita, indica los requisitos o reglas que debe de contener una sentencia; al igual que el Artículo______ del precitado cuerpo de leyes, establece " que las sentencias deben ser congruentes con la demanda y la contestación y con las demás pretensiones deducidas oportunamente en el pleito y resolver todos los puntos que hayan sido objeto del debate". El numeral ______del señalado Código Procesal de la materia establece: "Toda sentencia debe ser fundada. Las controversias judiciales deberán de resolverse conforme a la letra de la ley o a su interpretación jurídica y a falta de ley conforme a los principios generales del derecho. Cuando haya conflicto de derechos, a falta de ley expresa que sea aplicable, la controversia se decidirá a favor del que trate de evitar perjuicios y no a favor del que pretenda obtener lucro, procurándose observar la mayor igualdad entre las partes. El silencio, obscuridad o insuficiencia de la ley, no autoriza a los jueces o tribunales para dejar de resolver las cuestiones que hayan sido discutidas en el pleito".
SEGUNDO.- En el presente caso la Suscrita sólo entrará al estudio de las pruebas aportadas por la actora dentro del presente juicio, toda vez que la parte demandada no dio contestación a la entablada en su contra, consecuentemente no se excepcionó; a efecto de determinar si los medios de convicción allegados al procedimiento por la actora fueron suficientes para demostrar los extremos de su acción de divorcio necesario que ejercitara en contra de la demandada; para ello el primer presupuesto indispensable para la procedencia de la repetida acción, lo es la existencia previa del vínculo matrimonial entre los divorciantes; por tanto, tenemos que la actora para demostrar el primer presupuesto de su acción allegó la documental pública relativa a la copia certificada del acta de matrimonio celebrada entre los Señores ERNESTO__________________ y JIMENA __________________, el ______ de ______ de______, asentada bajo el acta número______, foja ______del Libro______ del registro Civil de________, ______ documental la anterior que existe asentada en los asientos públicos, la cual fuera expedida por autoridad pública en pleno ejercicio de sus funciones y dentro de los límites de competencia, no ha sido legal y oportunamente objetada e impugnada y tampoco se ha demostrado judicialmente su inautenticidad o inexactitud, ni se encuentra contradicha con otras pruebas fehacientes que obren en autos del procedimiento, en consecuencia y con fundamento en lo dispuesto por la Fracción ______del Artículo______ de la Ley de Enjuiciamiento Civil en Vigor, es apta, bastante y eficaz para acreditar en forma plena que desde el______ de______ de______ los Señores ERNESTO __________________ y JIMENA __________________ se encuentran unidos en matrimonio.
En el presente caso la parte actora al ejercitar la acción de divorcio necesario funda aquella en la causal prevista por la Fracción______ del Artículo______ del Código Familiar en Vigor, el que textualmente reza: "Son causas de divorcio. Fracción______ .- El abandono injustificado de la casa conyugal por cualquiera de los consortes por más de seis meses consecutivos con abandono absoluto de las obligaciones inherentes al matrimonio".
La parte actora manifiesta que establecieron su domicilio conyugal en, _________, _________ circunstancia que a juicio de la resolutora queda probada con el resultado de la prueba testifical a cargo de las Señoras ANGELINA ____________ BERTHA__________________ y ANTONIA__________________ quiénes manifiestan conocer a los Señores ERNESTO__________________ y JIMENA__________________ quiénes se encuentran unidos en legitimo matrimonio civil desde el día______ de______ de______, que procrearon una hija que a la fecha es menor de edad de nombre ISABEL __________________, que los divorciantes no obtuvieron bienes de fortuna y establecieron su domicilio conyugal en la Ciudad de ____________, ______ teniendo una vida en común de paz y tranquilidad, que el Señor ERNESTO__________________ abandonó injustificadamente a su esposa la Señora JIMENA__________________ y a su menor hija, desde hace tres años, dejando de cumplir con sus obligaciones inherentes al matrimonio; dando así la razón fundada de su dicho en forma unánime, porque conocen a las partes en este juicio y están enteradas de los hechos que han depuesto; además que dicho medio de convicción no se encuentra contradicho con otros allegados al procedimiento; por lo que a tal probanza la Suscrita le confiere valor probatorio en los términos contenidos por el Artículo ______del Código de procedimientos Civiles en Vigor, tomando en cuenta la uniformidad en sus declaraciones vertidas por los testigos entre sí, dando su declaración a ciencia cierta, esto significa que los hechos fueron percibidos a través de sus sentidos, por lo mismo no son testigos de oídas y sobre todo dada la razón fundada de sus dichos, por ello se le confiere valor probatorio pleno en los términos apuntados. La actora para acreditar estos supuestos necesarios e indispensables de la acción ofreció, la confesión provocada a cargo de la demandada, misma que fuera legal y oportunamente citada con el apercibimiento correspondiente para en caso de dejar de comparecer sin justa causa sería declarada confesa de aquellas posiciones que fueran calificadas de legales y, en diligencia formal se declaro confeso al demandado por no haber comparecido a la misma sin justa causa, estando ante la presencia de la confesión ficta, misma que se encuentra debidamente corroborada con los demás medios de prueba que han sido debidamente valorados en el cuerpo del presente considerando, probanza a la que se le confiere valor probatorio en los términos contenidos por el Artículo______ del Código de Procedimientos Civiles en vigor; por los motivos y razones esgrimidos a juicio de este tribunal estima que la actora Señora JIMENA____________ si ha acreditado de manera plena los extremos de la acción de divorcio necesario ejercitada, que intentara en contra del Señor ERNESTO____________. Lo anterior si tenemos en cuenta que la causal prevista por la Fracción______ del Artículo______ del Código Familiar en vigor, denota tres elementos que la constituyen a saber: A).- El abandono injustificado de la casa conyugal por cualquiera de los consortes; 8).- Por más de seis meses consecutivos y, C).- Con abandono absoluto de las obligaciones inherentes al matrimonio. En el caso a estudio con el material probatorio la parte actora ha demostrado a juicio de la resolutora el hecho de que el hogar conyugal propiamente dicho existía antes, en el momento de la separación y después de ella, por lo menos hasta el final del lapso establecido en el segundo elemento, seis meses, por lo que esto tiene también el mismo supuesto de hecho y de derecho; el alejamiento de la vida conyugal, además debe de ser continuo por seis meses, o debe de mediar ese lapso, por lo menos, entre dos soluciones de continuidad, en la referida separación; por último la falta de justificación para tal abandono debe de existir en el momento de que tal cosa suceda y a lo largo de todo el período mencionado. En este orden de ideas a juicio de la Suscrita en efecto la parte actora ha demostrado esa existencia previa a la separación del domicilio conyugal, en el momento y después de consumada la separación y además que esta se ha dado por la parte demandada por un lapso mayor de seis meses en forma ininterrumpida, por ello procede como consecuencia declarar y se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los Señores JIMENA __________________ y ERNESTO __________________, celebrado en fecha______ de______ de______, asentada bajo el acta número______, foja______, del Libro número______ del registro Civil de la Ciudad de ______,______
TERCERO.- En el presente caso el actor allegó a su escrito inicial de demanda copia certificada del acta de nacimiento de la hija habida dentro del matrimonio que ahora se disuelve, consistentes en la partida de nacimiento de la menor ISABEL__________________ debidamente expedida y certificada por el Ciudadano Oficial del Registro Civil de______, ______ asentada en fecha ______ de ______ de ______ en el libro ______, a foja______ , bajo el acta______ , documento al que se le confiere valor probatorio en términos del Artículo______ Fracción______ del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, toda vez que no ha sido probado legalmente su falta de exactitud o inautenticidad además por estar expedida por funcionario o depositario de fe pública dentro de los limites de su competencia, la cual y en relación a los medios de convicción anteriormente citados y valorados es apta, bastante para tener por acreditado que dentro del matrimonio que ahora se disuelve procrearon a la menor ISABEL____________ la cual deberá permanecer bajo la custodia de su Señora madre JIMENA_________________ y, la patria potestad deberán ejercerla los divorciantes Señores ERNESTO__________________ y JIMENA__________________ En cuanto a la existencia de bienes de fortuna adquiridos dentro del matrimonio que ahora se disuelve, la Suscrita no resuelve sobre este aspecto, debido a que de las actuaciones procesales que integran el sumario, no se llegó a demostrar la existencia de los mismos, en tal circunstancia se omite su estudio en esta sentencia.
Por lo anteriormente expuesto y además en los Artículos______ Fracción______, ______; ______, ______ del Código Familiar en Vigor ______; ______; ______; ______; ______; Fracción______, ______, ______; ______; ______; ______; ______; ______; ______; y______ del Código Adjetivo Civil en Vigor, es de resolverse y se:
RESUELVE
PRIMERO.- Procedió la acción de divorcio necesario intentada por la Señora JIMENA __________________ en contra del Señor ERNESTO __________________, quien no se excepcionó, habiéndosele declarado contumaz, en consecuencia.
SEGUNDO.- Es de decretarse y se decreta disuelto el vínculo matrimonial existente entre los Señores JIMENA__________________ y ERNESTO __________________, celebrado en fecha______ de______ de______ , asentada bajo el acta______, foja ______, del Libro______ del registro Civil de_______,_______ recobrando los ex cónyuges su entera capacidad para contraer nuevo matrimonio, con excepción del segundo, quien no podrá contraer nuevo matrimonio, sino después de transcurrido un año a partir de la fecha en que cause estado esta sentencia.
TERCERO.- La custodia de la menor ISABEL MEDRANO AYALA seguirá a cargo de su Señora madre JIMENA__________________ y, la patria potestad deberán ejercerla los divorciantes Señores ERNESTO__________________ y JIMENA__________________
CUARTO.- No se resuelve en relación de bienes de fortuna por no haberse demostrado su existencia en el matrimonio que ahora se disuelve.
QUINTO.- Para efectos del Artículo ______ del Código Adjetivo Civil, remítase copia certificada de la presente resolución, al Ciudadano Oficial del Registro Civil de _________________,______para que de cumplimiento al presente fallo.
SEXTO.- No se hace especial condenación en gastos y costas judiciales.
SEPTIMO.- Notifíquese al demandado en términos de la Fracción V del Artículo______ del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.
OCTAVO.- Notifíquese personalmente y cúmplase.
Así, lo resolvió y firma la Ciudadana Licenciada Carmen________________________ , Juez de Primera Instancia y de lo Familiar de este Distrito Judicial.- Doy Fe.
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