CONTRATO DE TRABAJO DE ESTIBADORES PORTUARIOS
En ________________ a ______________ de ______________ de ___________.
REUNIDOS
De una parte, y como empleador, el C. ____________________________, en su calidad de __________________, en su nombre y en representación de la sociedad estatal ____________________, con domicilio social ubicado en __________________________________________.
Y de otra, como trabajador, el C. __________________________, con domicilio ubicado en _____________________________, incluido en el censo de la Organización de Trabajos Portuarios, en la fecha de constitución de la sociedad desde el día _________________________, acuerdan otorgar el presente contrato de trabajo que regulará esta relación laboral de carácter especial, con sujeción a las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA. El contrato de trabajo se concierta por tiempo indefinido.
SEGUNDA. El trabajador es contratado con la categoría profesional y/o grupo profesional de ___________________________.
TERCERA. El trabajador deberá realizar los trabajos de carácter temporal que le sean asignados en cualquiera de las empresas estibadoras y cumpliendo las órdenes impartidas por éstas, sin perjuicio de permanecer vinculado laboralmente a la sociedad estatal, debiendo presentarse, en todo caso, a los llamamientos que se efectuarán en la sede de aquélla.
CUARTA. La retribución estará constituida por un salario base de $____________ (________________________) y los siguientes complementos de carácter personal ____________________.
El salario garantizado será $___________ (_________________________).
La retribución del período de vacaciones consistirá en el promedio de lo efectivamente percibido en los seis últimos meses, como mínimo.
QUINTA. La jornada de trabajo, vacaciones, descansos y demás condiciones laborales, se regirán por lo dispuesto en los artículos ____________ de la Ley Federal del Trabajo, y demás relativos y aplicables.
SEXTA. Durante el tiempo que el trabajador desarrolle tareas en el ámbito de una empresa estibadora, corresponderá a la misma el ejercicio de las facultades de dirección y control de su actividad laboral.
SÉPTIMA. El presente contrato se suspenderá cuando el trabajador suscriba contrato laboral con la empresa estibadora, teniendo opción a reanudar esta relación especial cuando se extinga el contrato con la empresa estibadora, salvo que dicha extinción se produzca por mutuo acuerdo entre las partes, por dimisión del trabajador o por despido disciplinario declarado procedente.
El presente contrato se extiende por triplicado y será registrado en la Oficina de Empleo correspondiente, firmando las partes en el lugar y fecha indicados.
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EL EMPLEADOR
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EL TRABAJADOR
Formato editable cortesía de: EL INCORRUPTIBLE Despacho de Abogados
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